El Fondo de Garantía de Depósitos (FGD) es una entidad española con personalidad jurídica propia creada para proteger a los clientes de bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito en caso de insolvencia de estas instituciones. En España, fue establecido en 1977 y está regulado actualmente por el Real Decreto-ley 16/2011.
El FGD garantiza los depósitos dinerarios hasta un máximo de 100.000 euros por titular y entidad. Esto incluye cuentas corrientes, cuentas de ahorro, depósitos a plazo fijo y otros productos similares.
El FGD también cubre los depósitos en valores (acciones o fondos de inversión) hasta 100.000 euros, de forma independiente a la cobertura de depósitos en dinero. Es importante destacar que el FGD no cubre las pérdidas de valor de los títulos, solo garantiza su devolución en caso de quiebra de la entidad.
Todas las entidades bancarias que operan en la Unión Europea están obligadas a adherirse a un sistema de garantía de depósitos, aunque el límite garantizado puede variar según el país.
El FGD se financia principalmente con aportaciones de las propias entidades adheridas, creando un mecanismo de protección colectiva que refuerza la confianza en el sistema financiero.